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Convenio Lextigio y UMT

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Convenio Lextigio y UMT

Convenio Lextigio y UMT

     La Unión de Militares de Tropa tiene firmado un convenio con el Bufete de Abogados Lextigio, especialistas en derecho militar, Disciplinario, Administrativo, Penal, Personal (bajas, permisos, vacaciones y retiro), al igual que en otras especialidades de la abogacía, poniendo a disposición de nuestros socios/as sus servicios con diversas bonificaciones para los mismo presentando su carné de UMT (consultar las mismas con Lextigio según el caso)

Desde UMT dar la bienvenida a «DM Casás Abogados».


Contacto

Web: lextigio Abogados

Teléfono: 955 926 161

Email: info@lextigio.es

¿Quiénes son? *Información extraida de su página web.

LEXTIGIO es un despacho de abogados con una gran trayectoria profesional.

Nuestro objetivo es ofrecer un asesoramiento legal a la medida de cada cliente.

Nos caracteriza la trasparencia, el rigor y la dedicación.

Prestamos servicio jurídico ofreciendo siempre una atención personalizada y un constante seguimiento con el cliente.

Abogados especialistas en Derecho Militar y Penal Militar.

DERECHO MILITAR Y PENAL MILITAR:

¿Te han echado del ejercito?, ¿Quieres recurrir la sanción que te han impuesto?, ¿No reúnes las condiciones psicofísicas y te han despedido?. LEXTIGIO tiene una amplia experiencia en el ámbito del derecho militar, así como en los procedimientos penales militares que surgiesen.

  • Defensa penal, tanto en la jurisdicción ordinaria como penal militar.
  • Reclamaciones económicas.
  • Insuficiencia de condiciones psicofísicas.
  • Reclamaciones patrimoniales contra la administración.
  • Ascensos.
  • Vacantes.
  • Sanciones.
  • Renovación de compromiso.
  • Resolución de compromiso ordinario y de larga duración
  • Incompatibilidades
  • INVIED
  • ISFAS
  • Ingreso en la FF. AA
  • Régimen académico en las Academias y Escuelas de formación
  • Situaciones del militar: excedencias, reserva y retiro
  • Retribuciones
  • Destinos
  • Evaluaciones e IPEC

ADMINISTRATIVO

  • Escrito de alegaciones.
  • Recurso administrativo de Alzada.
  • Recurso administrativo de Reposición.
  • Expediente sancionador falta leve.
  • Expediente sancionador falta grave.
  • Expediente sancionador falta muy grave.
  • Recurso por responsabilidad patrimonial de la administración.

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

  • Recurso Contencioso-Administrativo.
  • Recurso de Apelación.
  • Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo.
  • Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional

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